ASUNTO: CONTRATO PRIVADO DE ARRIENDAMIENTO DE VEHÍCULO CON CONDUCTOR.
Por una parte, una persona natural, mayor de edad, quien suscribe el presente CONTRATO mediante el uso de los medios electrónicos, y quien para efectos del presente contrato se designa como EL ARRENDADOR (en adelante EL ARRENDADOR); y por la otra parte, una persona natural, mayor de edad, quien suscribe el presente CONTRATO mediante el uso de los medios electrónicos, y quien para efectos del presente contrato se designa como EL ARRENDATARIO (en adelante EL ARRENDATARIO), en adelante LAS PARTES, en ejercicio de sus derechos y conforme a su voluntad, proceden a suscribir CONTRATO PRIVADO DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULO CON CONDUCTOR, de acuerdo a las siguientes:
- CONSIDERACIONES Y HECHOS.
- El ARENDADOR, persona natural, es propietario del vehículo y cuenta con la disposición del uso y el goce del mismo, de igual forma, con los derechos y facultades suficientes conforme a la normatividad vigente para arrendar o subarrendar el vehículo de placas, modelo, marca y color que constan en la petición de suscripción de contrato arrendamiento de vehículo con conductor en el portal de contacto para arriendo de vehículos con conductor utilizado por LAS PARTES.
- El ARRENDATARIO es una persona natural, con capacidad legal para contratar, en ejercicio de sus facultades tiene la intención de adquirir el uso y goce del vehículo en mención. Con ello, obtiene el control operativo y temporal sujeto a lo estipulado en los siguientes acápites, para ejercer las actividades abajo descritas.
- LAS PARTES, referente a las actividades en que se utilizará el vehículo, pretenden por mutuo acuerdo que el ARRENDADOR, funja como conductor del vehículo dado en arriendo al ARRENDATARIO.
- LAS PARTES se relacionaron a través del portal HeyMoto, y mediante el mismo, pactaron la petición del arrendamiento del vehículo con conductor, y suscribieron los términos y condiciones detallado en este contrato.
En este sentido, las partes decidieron suscribir el presente contrato de arrendamiento de vehículo y conductor, de conformidad con lo establecido en los artículos 1973 y siguientes del Código Civil Colombiano, adicionado por las demás por los artículos 518 y siguientes del código de comercio.
- CLÁUSULAS CONTRACTUALES.
- Objeto y alcance del contrato. El ARRENDADOR entregará a titulo de arrendamiento el vehículo con conductor objeto del contrato, y el ARRENDATARIO recibirá bajo el mismo título, el uso y goce del vehículo de manera temporal sujeto a los términos y condiciones aquí descritos. Adicional a ello, el ARRENDADOR se compromete a entregar el vehículo con todos sus accesorios, en estado optimo para operación y con toda la documentación legalmente exigida para el rodamiento del mismo; del mismo modo, el ARRENDATARIO da cuenta y garantía de que el vehículo se entregó de conformidad a los requisitos establecidos por la ley y de conformidad a lo estipulado en el presente contrato declarando que tiene al día y vigentes, tales como: Seguro Obligatorio (SOAT), tarjeta de propiedad, revisión técnico-mecánica y emisión de gases; y que se, efectivamente, se encuentra a paz y salvo por concepto de impuestos, multas o comparendos, así como en todos los registros de tránsito.
PARÁGRADO PRIMERO. El ARRENDATARIO, acepta que el uso y el goce del vehículo entregado a través de este contrato de arrendamiento, será ejercido por el conductor designado por el ARRENDADOR que para el caso será él mismo (ARRENDADOR).
PARÁGRAFO SEGUNDO. El ARRENDATARIO, se obliga a verificar que la documentación exigida por la ley se encuentre en orden y vigente para la fecha de entrega del vehículo y durante la ejecución del contrato. La omisión de la revisión NO EXIME AL ARRENDADOR DE RESPONSABILIDAD, de conformidad con la cláusula décima de este contrato.
- El presente contrato estará vigente y regirá durante el tiempo de uso y goce que estipule el ARRENDATARIO, de conformidad con lo establecido en el presente.
Las PARTES podrán dar por terminado el contrato de manera unilateral en cualquier momento, dando un aviso previo escrito o verbal a la otra parte del contrato. En el caso en que hubiere una terminación anticipada del contrato, el ARRENDATARIO se compromete a cancelar los valores que correspondan a la ejecución del contrato a favor del ARRENDADOR. - Entrega del vehículo con conductor y control operativo. El ARRENDADOR realizará la entrega material del vehículo, conforme a la ley, para que el ARRENDATARIO pueda ejercer control operativo sobre el mismo de acuerdo a lo establecido en este contrato.
Una vez culminado el termino o plazo establecido para este contrato se hará la devolución inmediata del vehículo. EL ARRENDATARIO autoriza que dicha devolución se realice al conductor designado para el vehículo que, en este caso, será el mismo ARRENDADOR.
PARÁGRAFO. Además de la entrega del vehículo, las PARTES pactaron que el arrendamiento incluirá un conductor designado por el ARRENDADOR, en el caso el mismo, lo cual no obstaculizará el control operacional del vehículo por parte del ARRENDATARIO durante el plazo de ejecución del contrato. Adicional a ellos, el ARRENDADOR, garantiza la experticia del conductor que está encargado de conducir el vehículo objeto del contrato; de igual manera, garantiza que le conductor cuenta con su licencia de conducción vigente.
Para la ejecución de este contrato el conductor recibirá las instrucciones operativas por parte del ARRENDAMIENTO.
- Naturaleza Contractual. El presente contrato, se suscribe por las partes conformadas por una persona natural y una persona jurídica a través del ofrecimiento de servicios por aplicación móvil; respaldada por los términos establecidos en el Código Civil Colombiano y el Código de Comercio en lo referente al arrendamiento en la modalidad que a este contrato se circunscribe.
PARÁGRAFO. El uso de la aplicación HeyMoto, implica que las parte, previo a la suscripción del presente, aceptaron los términos y condiciones estipuladas en https://heymoto.app/terminos-y-condiciones/ , así como los términos establecidos en el preste contrato. - El ARRENDATARIO pagará el precio o valor acordado a el ARRENDADOR por la entrega a título de arrendamiento del vehículo y la ejecución de las actividades de conductor del vehículo designado por parte del ARRENDADOR. El costo del arrendamiento del vehículo con conductor será establecido según el tiempo de uso y goce por parte del ARRENDATARIO, además de los factores adicionales que pacten las PARTES.
Sobre este precio o valor acordado, se adiciona el monto de combustible necesitado para la ejecución de las actividades para las que sea utilizado el vehículo objeto de este contrato de arrendamiento. Cualquier otro gasto o erogación en que debiera incurrir el ARRENDATARIO en el desempeño y/o ejecución del contrato y/o ejecución de actividades adicionales, quedará a cargo del ARRENDATARIO.
- Forma de Pago. El precio o valor será pagado por el ARRENDATARIO a través de cualquier medio acordado por las PARTES, una vez finalizado el plazo de ejecución del presente contrato o la fracción de este.
- Obligación del Arrendador. Sin obviar las obligaciones ya estipuladas y asumidas a través de este contrato, el ARRENDADOR se obliga, frente al ARRENDATARIO, a:
- Entregar el vehículo a el ARRENDATARIO, para uso y goce temporal y consentido de acuerdo con lo acordado en el presente, en perfecto estado mecánico, físico y en perfectas condiciones de funcionamiento y seguridad, con todos los documentos y equipos exigidos por la ley para su uso natural.
- Entregar a el ARRENDATARIO el vehículo en el momento y lugar acordados, junto con el conductor designado.
- Aportar todo el conocimiento y experiencia en desarrollo del objeto del contrato.
- Librar a el ARRENDATARIO de toda turbación en el goce del vehículo.
- Brindar todos los elementos de seguridad vial que se requieran para el uso del vehículo dado en arrendamiento, tanto al conductor como al
- Cumplir con las obligaciones legales que le resulten aplicables.
- Obligaciones del Arrendatario. Sin obviar las obligaciones ya estipuladas y asumidas a través de este contrato, el ARRENDATARIO se obliga, frente al ARRENDADOR, a:
- Pagar el precio o valor acordado en el contrato.
- Suministrar toda la información y documentación que requiera el ARRENDADOR y el conductor para la ejecución del objeto de este contrato.
- Velar por el buen estado del vehículo durante todo el tiempo que éste se utilice.
- De ser aplicable, velar porque sus acompañantes hagan un buen uso del vehículo.
- Devolver el Vehículo en el momento y lugar acordado con el
- Utilizar el vehículo única y exclusivamente para su uso y goce durante el tiempo determinado en este contrato.
- No efectuar reparación y/o transformación alguna al Vehículo ni ordenarla sin la previa y expresa autorización de el
- No utilizar el Vehículo para actos indebidos o ilícitos, ni para el transporte de mercancías peligrosas, inflamables, de contrabando o de origen ilegal.
- Dar confianza e independencia al ARRENDADOR para la prestación de su servicio como conductor. No obstante, cualquier sugerencia o recomendación que el ARRENDATARIO haga a el ARRENDADOR, será tenida en cuenta para beneficio de los objetivos del presente contrato.
- Responsabilizarse no sólo de su propia culpa sino de las de su(s) acompañante(s) en el vehículo.
- Cumplir con las directrices de tránsito y de seguridad señaladas por el conductor, así como con todas las establecidas en el ordenamiento jurídico nacional.
- Cumplir con las demás obligaciones que establezca la ley aplicable.
- Terminación. El presente contrato de arrendamiento de vehículo con conductor termina por cumplimiento del objeto del presente contrato, por voluntad unilateral de cualquiera de las partes, y/o por cualquier causal, técnica, administrativa, y/o judicial que impida la ejecución del mismo.
- En virtud del principio de primacía de la voluntad de las PARTES, el ARRENDADOR como conductor designado del vehículo deberá responder por el tiempo en que el ARRENDATARIO tenga el uso y goce del vehículo, por cualquier daño o pérdida de alguna pieza, parte u objeto que haga parte del vehículo, de cualquier multa y/o infracción de tránsito que se genere por el no cumplimiento de los requisitos por parte del vehículo para su circulación, así como responsabilizarse por los daños, reclamos, demandas, acciones, pretensiones y/o gastos en general (incluyendo costas y costos procesales y gastos de abogados) ocurridos durante la tenencia del vehículo por parte del ARRENDATARIO.
Por su parte, el ARRENDADOR no se hace responsable de la pérdida de objetos personales depositados o guardados en el vehículo por el ARRENDATARIO, por acciones u omisiones propias de este, y no se hace responsable de cualquier perjuicio o daño que se produzca dentro del vehículo durante el tiempo que esté en poder y uso del ARRENDATARIO.
PARÁGRAFO PRIMERO. DE LOS ACCIDENTES. En caso de accidente, la autoridad competente determinará quien fue el culpable del mismo, si el ARRENDADOR o el ARRENDATARIO, por lo que, dependiendo de ello, cada parte se hará responsable de sus acciones u omisiones, que ocasionen un accidente, y de las consecuencias judiciales que las mismas conlleven.
PARÁGRAFO SEGUNDO. SEGURIDAD EN ARRIENDAMIENTO DE VEHÍCULOS TIPO MOTOCICLETA. En los contratos de arrendamiento de vehículo con conductor, en donde el vehículo sea tipo motocicleta, el ARRENDADOR – conductor y el ARRENDATARIO deberán utilizar los materiales de seguridad exigidos por la norma, tanto casco como chaleco reflectivo (cuando se requiera). El incumplimiento por una de LAS PARTES de la presente obligación, conllevará automáticamente a la terminación del contrato. Cada parte, tanto ARRENDADOR como ARRENDATARIO se hará responsable por sus acciones u omisiones en contra de las normas de seguridad y tránsito de Colombia.
PARÁGRAFO TERCERO. INDEMNIDAD DEL PORTAL CONTACTO (APP MOVIL). Las PARTES, en ejercicio de su autonomía de la voluntad privada, manifiestan que le medio o portal de contacto HEY MOTO, es simplemente un tercero intermediario que no tiene responsabilidad sobre las controversias que se presenten a raíz del presente contrato, pues no es parte activa del mismo y no posee obligaciones referentes al mismo; siendo responsabilidad EXCLUSIVA DE LAS PARTES, cualquier situación jurídica y/o antijurídica que se presente, incluyendo accidentes, incumplimientos contractuales, así como cualquier tipo de responsabilidad civil, administrativa, comercial y/o penal. - Jurisdicción y ley aplicable. El presente Contrato estará regido y será interpretado de acuerdo con las leyes de la República de Colombia. La jurisdicción aplicable, será la del municipio en donde se suscriba el presente contrato. Toda controversia o diferencia relativa a este Contrato, se resolverá por la justicia ordinaria.
- Acuerdo Integral. El presente contrato constituye el acuerdo integral entre las PARTES con respecto al objeto, obligaciones y compromisos aquí contemplados. Por lo anterior, reemplaza y deja sin efecto legal alguno cualquier acuerdo, contrato o entendimiento previo, escrito o verbal, que las PARTES hubieran tenido sobre este particular.
- Protección de datos. El ARRENDATARIO por este medio autoriza de manera previa, expresa e informada al ARRENDADOR para que realice la recolección, almacenamiento, uso, circulación, supresión, transferencia, transmisión y, en general, cualquier operación o conjunto de operaciones en y sobre los datos personales del ARRENDATARIO. Los Datos Personales incluyen, pero no se limitan a, datos de identificación, información de contacto, información financiera e información profesional del ARRENDATARIO, o de las personas vinculadas a este. La presente autorización se otorga exclusivamente para el cumplimiento de los fines del contrato, que incluyen, pero no se limitan al cumplimiento de obligaciones legales o contractuales de las PARTES, la debida ejecución de la relación contractual con el ARRENDADOR, la verificación del cumplimiento de las obligaciones del ARRENDATARIO; gestionar y consolidar registros de clientes; realizar campañas de actualización de datos; realizar estudios de seguridad, para la prevención de fraudes, lavado de activos y financiación del terrorismo, entre otros; realizar y organizar actividades promocionales; la administración de sus sistemas de información y comunicaciones; el reporte de información a las autoridades competentes, y la consolidación de bases de datos, así como las otras finalidades que sean informadas por el ARRENDADOR. El ARRENDATARIO acepta y conoce que ha sido informado de los derechos que le asisten en su calidad de titular de los Datos Personales, entre los que se encuentran el derecho a presentar a solicitudes de información, actualización, supresión y/o rectificación sobre los Datos Personales.
- Si cualquier disposición del presente contrato fuese prohibida, resultare nula, ineficaz o no pudiere hacerse exigible de conformidad con las leyes de la República de Colombia, o decisión de una autoridad gubernamental competente, las demás estipulaciones del contrato le sobrevivirán con sus plenos efectos vinculantes y obligatorios para las PARTES, a menos que la disposición prohibida, nula, ineficaz o inexigible fuese esencial al contrato, de manera que la interpretación o cumplimiento del mismo en ausencia de tal disposición no fuese posible.
- Firma de las partes. En prueba de conformidad, las PARTES suscriben el presente contrato en conocimiento y aprobación de las cláusulas y a un solo efecto. El contrato se entiende celebrado y suscrito parar todos sus efectos, en la fecha en que el ARRENDADOR y el ARRENDATARIO acepten electrónicamente el presente contrato.